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La encrucijada: El SERGAS y las “novedades terapéuticas”

La encrucijada: El SERGAS y las “novedades terapéuticas”

A través de los objetivos a cumplir para la percepción del Complemento de productividad Variable (CPV), el SERGAS pretende evitar la prescripción de una serie de fármacos encuadrados en lo que el SERGAS considera “Novedades terapéuticas”. A pesar de la noble intencionalidad de las autoridades sanitarias de reducir el gasto farmacéutico para preservar la viabilidad del Sistema Sanitario Público, esta medida supone en ciertos casos una grave injerencia en la relación médico-paciente, al hacer prevalecer un criterio económico sobre el de idoneidad de la prescripción, creando un problema deontológico de primer orden a los facultativos. No es mi intención poner objeciones a los intentos de las autoridades sanitarias de incrementar el ahorro farmacéutico, pero los métodos mediante los cuales conseguirlo no tienen por qué poner en una encrucijada al profesional sanitario, que ve cómo al actuar en conciencia, prescribiendo lo que estima necesario para el paciente, lesiona sus propios intereses económicos.

Este es el caso del fármaco Tafluprost, única prostaglandina antiglaucomatosa comercializada en España sin conservantes. Tal y como están redactados los citados objetivos, si un facultativo receta un volumen de este fármaco que suponga el 1,5% del total de lo prescrito, comienzan a descontarle dinero de lo que le correspondería percibir en concepto de Complemento de Productividad Variable, y con que alcance sólo el 3%, no percibiría ya dicho complemento. Como se trata de un objetivo individual, el porcentaje se refiere al total de lo recetado por dicho facultativo. Hasta aquí mal. Pero es que la cosa se pone mucho peor si dicho facultativo es especialista en glaucoma, y peor aún si trabaja en una unidad de glaucoma de un hospital de tercer nivel, donde le llegan pacientes con una larga historia de tratamientos antiglaucomatosos previos, con graves alteraciones de la superficie ocular, que es precisamente donde están indicados los fármacos sin conservantes. Para este profesional en concreto, no superar dichos porcentajes es prácticamente imposible, si actúa en conciencia, es decir, recetando lo que cree mejor para el paciente que sufre un glaucoma y presenta alteraciones serias de la superficie ocular o intolerancias medicamentosas.

Ante esta situación, se vislumbran dos grupos perjudicados. Uno el de los pacientes, si por la imposición el facultativo deja de prescribirle un determinado fármaco sustituyéndoselo por otro menos adecuado. El otro el del profesional sanitario, si decide actuar deontológicamente, verá cómo, además de la rebaja de su sueldo del 5%, deja de percibir el CPV.

El SERGAS tiene el deber de velar por la sostenibilidad del Sistema Sanitario Público, pero no tiene derecho a colocar a sus profesionales en una encrucijada moral mediante la coacción.

 

Anexo a las alegaciones presentadas en julio de 2011 por el autor, solicitando respuesta por escrito, que aún no se ha producido.

ANEXO A ALEGACIONES SOBRE LOS OBJETIVOS DEL ACUERDO DE GESTION 2011

Repercusión mediática:

http://www.lavozdegalicia.es/galicia/2011/06/03/0003_201106G3P4991.htm

http://www.lavozdegalicia.es/lugo/2011/05/15/0003_201105L15C3994.htm

http://www.diariomedico.com/2011/05/31/area-profesional/profesion/malestar-de-medicos-obliga-sergas-a-flexibilizar-condiciones-para-cobrar-productividad-de-este-ano

http://www.redaccionmedica.es/autonomias/galicia/el-sergas-condiciona-el-cobro-de-la-productividad-variable-a-la-prescripcion-de-novedades-terapeuticas-2175

http://farmacovigilancia.tv/blog/el-sergas-vincula-el-complemento-de-productividad-de-los-medicos-con-los-medicamentos-que-receten/

 

Las últimas noticias referentes a este asunto es que el pasado 14 de noviembre de 2011 se reunieron representantes del SERGAS con los sindicatos O’MEGA y CESM. La solución para los profesionales que hayan visto obligados a incumplir los requisitos impuestos para la percepción del CPV, es “articular un trámite específico de audiencia en el ámbito de su centro de gestión en primera instancia”, es decir, que dependemos de la “buena voluntad” de los gestores de nuestros hospitales. Si no se llega a ningún acuerdo, “se podrá elevar esta discrepancia al órgano ya constituido al efecto”. Esto es lo que hay.

 

 

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Hilo de Comentarios

  1. Buck  enero 7, 2012

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    (reply)
    • iglaukom  enero 8, 2012

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  2. Randhil  enero 10, 2012

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